El Comité de Comunicación y Control es un órgano colegiado dentro de las entidades obligadas por la LFPIORPI, responsable de supervisar el cumplimiento de las disposiciones anti-lavado. Sus funciones incluyen: aprobar las políticas de identificación y conocimiento del cliente; establecer y difundir los criterios para la clasificación de los clientes en función del riesgo; dictaminar las operaciones que deban ser reportadas a la UIF; aprobar los programas de capacitación; y establecer y modificar las políticas de identificación y conocimiento del cliente. El comité debe sesionar al menos una vez al mes y está compuesto por al menos tres miembros de la alta dirección.