Según las disposiciones en materia de PLD, los avisos de operaciones relevantes deben ser presentados a la UIF dentro de los 10 primeros días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre. Estos avisos se refieren a operaciones que superan ciertos umbrales establecidos por la ley, que varían según el tipo de actividad vulnerable. Es importante que las entidades obligadas tengan sistemas adecuados para identificar estas operaciones y preparen los avisos con la información requerida de manera oportuna para cumplir con estos plazos trimestrales.